martes, 19 de marzo de 2019

¿QUÉ SON LOS PROYECTOS PEDAGÓGICOS TRANSVERSALES?

El Ministerio de Educación Nacional dentro de sus Estrategias de la Política de Calidad Educativa: contempla la Formación para ciudadanía mediante el Fortalecimiento y expansión de los programas pedagógicos transversales y del programa de Competencias Ciudadanas.

Según AGUDELO y FLORES (1.997): Es una estrategia de planificación de la enseñanza con un enfoque global, que toma en cuenta los componentes del currículo y se sustenta en las necesidades e intereses de los niños, niñas y jóvenes y de la escuela, a fin de proporcionarles una educación mejorada en cuanto a calidad y equidad. 

OBJETIVO

Diseñar, ejecutar y valorar el trabajo educativo de los estudiantes para el crecimiento humano integral del estudiante el desarrollo cultural y social donde se les permita responder a las exigencias sociales actuales.

TEMAS QUE SE PUEDEN TRABAJAR

Educación ambiental

·         Proyectos de reciclaje
    Cuencas hidrográficas
    Huertas Sostenibles
     Viveros ambientales
Proyectos de reciclaje

Derechos Humanos en la escuela
Estos proyectos pedagógicos pretenden promover prácticas pedagógicas y culturas escolares que vivencien y respeten cotidianamente los derechos humanos en la escuela, aportando al mejoramiento de la calidad educativa.
Pueden tratarse temas como:

   La educación para la justicia, la paz, la democracia, la solidaridad, la confraternidad, el cooperativismo y la formación de valores humanos:
  Fortalecimiento del Manual de convivencia
  Gobierno Estudiantil.
  Personeros estudiantes.
  Conformación de mediadores de conflictos.
•   Derechos de los niños y de la familia. Construcción de ciudadanía
Derechos de los niños, niñas y de la familia.

Gobierno escolar.
Educación Sexual

El tema de enseñanza obligatorio denominado Educación Sexual, hoy replanteado por el MEN y el Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA) como Proyecto de Educación para la Sexualidad y Construcción de Ciudadanía, el que pretende implementar proyectos pedagógicos de educación para la sexualidad, con enfoque de construcción de ciudadanía en el marco del ejercicio de los derechos humanos, sexuales y reproductivos.
Cada proyecto educativo debe promover entre sus estudiantes:

• Acciones que orienten la toma de decisiones responsables, informadas y autónomas sobre su propio cuerpo
  El respeto a la dignidad de todo ser humano
  Valoración de la pluralidad de identidades y formas de  vida
·  Vivencias y construcción de relaciones pacíficas, equitativas y democráticas
·  Educación para la vida y el amor
·  Identidad y género entre  otros
Respeto a la dignidad de todo ser humano.
Identidad y género.
     ¿CÓMO SE HACE?

Cada E.E. conformará la Mesa de Trabajo, o Comité para reflexionar, estudiar, programar lo que tenga que ver con los Proyectos Transversales; los integrantes de la mesa serán los docentes que lideran los proyectos pedagógicos. El Señor Rector emitirá una Resolución interna con el fin de institucionalizar la Mesa de trabajo o el Comité. 

Se sugiere partir de los proyectos pedagógicos transversales que se están implementando en el EE o los que requieren apoyo para garantizar el desarrollo y afianzamiento de las actividades programadas por la mesa de trabajo, el docente o grupos de docentes responsables del proyecto, ejemplo: diligenciamiento y sistematización de encuestas a estudiantes, padres de familia y docentes, obra de teatro relacionadas con el temas del proyecto, actividades con otros estudiantes, etc. para garantizar la mayor participación, eficiencia y cobertura.

¿CÓMO PARTICIPAR EN LOS PROYECTOS PEDAGÓGICOS?
1.  En primera instancia el Consejo directivo determina y establece los lineamientos para la inclusión del SSEO en el PEI atendiendo las normas vigentes, estudia las opciones que responden a las necesidades del contexto donde está ubicado el EE, los procedimientos y las normas internas que lo reglamenta, las que deben ser adoptadas en el respectivo Manual de Convivencia.
2.  El establecimiento EE a través del coordinador académico o de los coordinadores del SSEO, socializan a los estudiantes de 10º y 11º, las opciones, procesos, reglamentos concertados para el presente año escolar.
3.  Los estudiantes voluntariamente escogen el proyecto de su interés y establece compromisos y tiempos de ejecución. Esta actividad debe hacerse al iniciar el año escolar.
4. Los coordinadores del SSEO, orientan y acompañan permanentemente a los estudiantes para el desarrollo del cronograma de actividades y llevan el control de asistencia.
5. Los estudiantes debe participar activamente en las actividades y eventos organizados durante tiempo establecido.
6. Al finalizar el año escolar los estudiantes con el acompañamiento de los docentes coordinadores, realizan la evaluación del proyecto y socializan los trabajos desarrollados ante la comunidad educativa.
7. Cumplido el proyecto el estudiante obtendrá la certificación con las horas cumplidas.

¿QUIÉN COORDINA, HACE CONTROL Y SEGUIMIENTO A LOS PROYECTOS?

A nivel institucional: El docente que coordina el SSEO en coordinación con los docentes del área afines a cada tema (Ciencias Sociales, Naturales y Ética) y las orientadoras escolares que hace parte de los respectivos comités o mesas de trabajo institucionales.

A nivel municipal: Las Unidades desconcentradas y a nivel departamental: El Profesional Universitario de la Secretaria de Educación encargado del subproceso Proyectos transversales de la oficina de Calidad Educativa.

IMPLEMENTACIÓN DE LA JORNADA ESCOLAR COMPLEMENTARIA.

¿Qué son las jornadas escolares complementarias?
Son programas que complementan los desarrollos curriculares de los Establecimientos Educativos. El objetivo de estos programas es orientar pedagógicamente la utilización del tiempo libre en actividades que favorezcan las competencias básicas y ciudadanas especialmente en los niños, niñas y jóvenes en condición de mayor vulnerabilidad.

¿Qué proponen las jornadas complementarias?

  Mejorar la calidad del aprendizaje, brindando espacios de refuerzo escolar;
Brindar ambientes de aprendizaje que ofrezcan oportunidades para el conocimiento y aplicación de la tecnología
• Disminuir los riesgos de la población infantil y juvenil, alejando a los estudiantes del ocio improductivo y las actividades nocivas, propiciando espacios que estimulen el buen uso del tiempo libre
• Incentivar en los niños, niñas y jóvenes prácticas culturales que se orienten al respeto por los derechos humanos, la valoración de las diferencias y el ejercicio de la democracia.

MODALIDADES DE ATENCIÓN DE LAS JORNADAS COMPLEMENTARIAS 

• Formación artística y cultural

• Educación ambiental

• Escuelas deportivas

• Ciencia y tecnología
¿QUIÉNES PARTICIPAN?
En estas actividades participan coordinadamente, el docente coordinador del servicio social estudiantil obligatorio (SSEO), los estudiantes de los grados 10º y 11º que prestaran el SSEO, el EE y los estudiantes a quienes van dirigidos los programas (estudiantes de preescolar y básica primaria de mayor vulnerabilidad).

SEGUIMIENTO Y CONTROL
El servicio social estudiantil obligatorio, será coordinado en la Institución Educativa, por un docente. En el municipio por las unidades desconcentradas y a nivel Departamental por la Secretaría de Educación Departamental, quienes serán los responsables del seguimiento y control.

FUNDAMENTO LEGAL, DESDE LA LEY 115/94
Los proyectos que se han denominado siempre proyectos Transversales, actualmente corresponden en el marco de la ley 115/94, al artículo 14 Enseñanza Obligatoria. Estos proyectos que obviamente estarán integrados al PEI, PIER de las instituciones educativas tienen como propósito el desarrollo integral humano de nuestros niños, niñas y jóvenes, así como la vinculación de la comunidad perteneciente a cada institución.

La ley general de educación contempla en los fines de la educación y en los objetivos específicos de cada nivel de formación (preescolar, básica, media), los tópicos relacionados con los proyectos transversales que se han de formar en los estudiantes.

Art 5: fines de la educación 
Art 20:Objetivos específicos de la educación básica primaria
Art 22: Objetivos específicos de la educación básica secundaria
Art 30: Objetivos específicos de la educación media


CAPITULO V ORIENTACIONES CURRICULARES

ARTÍCULO 36 PROYECTOS PEDAGÓGICOS
El proyecto pedagógico es una actividad dentro del plan de estudio que de manera planificada ejercita al educando en la solución de problemas cotidianos, seleccionados por tener relación directa con el entorno social, cultural, científico y tecnológico del alumno. Cumple la función de correlacionar, integrar y hacer activos los conocimientos, habilidades, destrezas, actitudes y valores logrados en el desarrollo de diversas áreas, así como de la experiencia acumulada.La enseñanza prevista en el artículo 14de la Ley 115 de 1994, se cumplirá bajo la modalidad de proyectos pedagógicos.

                                                                                                                                                                                                     


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