¿QUÉ SON LOS PROYECTOS PEDAGÓGICOS TRANSVERSALES?
El Ministerio de Educación Nacional dentro de sus Estrategias de la Política de Calidad Educativa: contempla la Formación para ciudadanía mediante el Fortalecimiento y expansión de los programas pedagógicos transversales y del programa de Competencias Ciudadanas.
Según AGUDELO y FLORES (1.997): Es una estrategia de planificación de la enseñanza con un enfoque global, que toma en cuenta los componentes del currículo y se sustenta en las necesidades e intereses de los niños, niñas y jóvenes y de la escuela, a fin de proporcionarles una educación mejorada en cuanto a calidad y equidad.
OBJETIVO
Diseñar, ejecutar y valorar el
trabajo educativo de los estudiantes para el crecimiento humano integral del
estudiante el desarrollo cultural y social donde se les permita responder a las
exigencias sociales actuales.
TEMAS QUE SE PUEDEN TRABAJAR
Educación ambiental
·
Proyectos de reciclaje
• Cuencas hidrográficas
• Huertas Sostenibles
• Viveros ambientales
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Proyectos de reciclaje |
Derechos Humanos en la escuela
Estos proyectos pedagógicos
pretenden promover prácticas pedagógicas y culturas escolares que vivencien y
respeten cotidianamente los derechos humanos en la escuela, aportando al
mejoramiento de la calidad educativa.
Pueden tratarse temas como:
• La educación para la justicia, la paz, la
democracia, la solidaridad, la confraternidad, el cooperativismo y la formación
de valores humanos:
• Fortalecimiento del Manual de convivencia
• Gobierno Estudiantil.
• Personeros estudiantes.
• Conformación de mediadores de conflictos.
• Derechos de los niños y de la familia.
Construcción de ciudadanía
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Derechos de los niños, niñas y de la familia. |
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Gobierno escolar. |
El tema de enseñanza
obligatorio denominado Educación Sexual, hoy replanteado por el MEN y el Fondo
de Población de las Naciones Unidas (UNFPA) como Proyecto de Educación para la
Sexualidad y Construcción de Ciudadanía, el que pretende implementar proyectos
pedagógicos de educación para la sexualidad, con enfoque de construcción de
ciudadanía en el marco del ejercicio de los derechos humanos, sexuales y
reproductivos.
Cada proyecto educativo debe
promover entre sus estudiantes:
• Acciones que orienten la toma de decisiones
responsables, informadas y autónomas sobre su propio cuerpo
• El respeto a la dignidad de todo ser humano
• Valoración de la pluralidad de identidades y
formas de vida
· Vivencias y construcción de relaciones pacíficas,
equitativas y democráticas
· Educación para la vida y el amor
· Identidad y género entre otros
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Respeto a la dignidad de todo ser humano. |
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Identidad y género. |
Cada E.E. conformará la Mesa
de Trabajo, o Comité para reflexionar, estudiar, programar lo que tenga que ver
con los Proyectos Transversales; los integrantes de la mesa serán los docentes
que lideran los proyectos pedagógicos. El Señor Rector emitirá una Resolución
interna con el fin de institucionalizar la Mesa de trabajo o el Comité.
Se sugiere partir de los
proyectos pedagógicos transversales que se están implementando en el EE o los
que requieren apoyo para garantizar el desarrollo y afianzamiento de las
actividades programadas por la mesa de trabajo, el docente o grupos de docentes
responsables del proyecto, ejemplo: diligenciamiento y sistematización de
encuestas a estudiantes, padres de familia y docentes, obra de teatro
relacionadas con el temas del proyecto, actividades con otros estudiantes, etc.
para garantizar la mayor participación, eficiencia y cobertura.
¿CÓMO PARTICIPAR EN LOS PROYECTOS PEDAGÓGICOS?
1. En primera instancia el Consejo directivo
determina y establece los lineamientos para la inclusión del SSEO en el PEI
atendiendo las normas vigentes, estudia las opciones que responden a las
necesidades del contexto donde está ubicado el EE, los procedimientos y las
normas internas que lo reglamenta, las que deben ser adoptadas en el respectivo
Manual de Convivencia.
2. El establecimiento EE a través del coordinador
académico o de los coordinadores del SSEO, socializan a los estudiantes de 10º
y 11º, las opciones, procesos, reglamentos concertados para el presente año
escolar.
3. Los estudiantes voluntariamente escogen el
proyecto de su interés y establece compromisos y tiempos de ejecución. Esta
actividad debe hacerse al iniciar el año escolar.
4. Los coordinadores del SSEO, orientan y acompañan
permanentemente a los estudiantes para el desarrollo del cronograma de
actividades y llevan el control de asistencia.
5. Los estudiantes debe participar activamente en
las actividades y eventos organizados durante tiempo establecido.
6. Al finalizar el año escolar los estudiantes con
el acompañamiento de los docentes coordinadores, realizan la evaluación del
proyecto y socializan los trabajos desarrollados ante la comunidad educativa.
7. Cumplido el proyecto el estudiante obtendrá la certificación
con las horas cumplidas.
¿QUIÉN COORDINA, HACE CONTROL Y SEGUIMIENTO A LOS PROYECTOS?
A nivel institucional: El docente que coordina el
SSEO en coordinación con los docentes del área afines a cada tema (Ciencias
Sociales, Naturales y Ética) y las orientadoras escolares que hace parte de los
respectivos comités o mesas de trabajo institucionales.
A nivel municipal: Las Unidades desconcentradas y
a nivel departamental: El Profesional Universitario de la Secretaria de
Educación encargado del subproceso Proyectos transversales de la oficina de
Calidad Educativa.
IMPLEMENTACIÓN DE LA JORNADA ESCOLAR COMPLEMENTARIA.
¿Qué son las jornadas escolares complementarias?
Son programas que complementan
los desarrollos curriculares de los Establecimientos Educativos. El objetivo de
estos programas es orientar pedagógicamente la utilización del tiempo libre en
actividades que favorezcan las competencias básicas y ciudadanas especialmente
en los niños, niñas y jóvenes en condición de mayor vulnerabilidad.
¿Qué proponen las jornadas complementarias?
• Mejorar la calidad del
aprendizaje, brindando espacios de refuerzo escolar;
•Brindar ambientes de aprendizaje que ofrezcan
oportunidades para el conocimiento y aplicación de la tecnología
• Disminuir los riesgos de la población infantil
y juvenil, alejando a los estudiantes del ocio improductivo y las actividades
nocivas, propiciando espacios que estimulen el buen uso del tiempo libre
• Incentivar en los niños, niñas y jóvenes
prácticas culturales que se orienten al respeto por los derechos humanos, la
valoración de las diferencias y el ejercicio de la democracia.
MODALIDADES DE ATENCIÓN DE LAS JORNADAS COMPLEMENTARIAS
• Formación artística y cultural
• Educación ambiental
• Escuelas deportivas
• Ciencia y tecnología
¿QUIÉNES PARTICIPAN?
En estas actividades
participan coordinadamente, el docente coordinador del servicio social
estudiantil obligatorio (SSEO), los estudiantes de los grados 10º y 11º que
prestaran el SSEO, el EE y los estudiantes a quienes van dirigidos los
programas (estudiantes de preescolar y básica primaria de mayor
vulnerabilidad).
SEGUIMIENTO Y CONTROL
El servicio social estudiantil
obligatorio, será coordinado en la Institución Educativa, por un docente. En el
municipio por las unidades desconcentradas y a nivel Departamental por la
Secretaría de Educación Departamental, quienes serán los responsables del
seguimiento y control.
FUNDAMENTO LEGAL, DESDE LA LEY 115/94
Los proyectos que se han
denominado siempre proyectos Transversales, actualmente corresponden en el
marco de la ley 115/94, al artículo 14 Enseñanza Obligatoria. Estos proyectos
que obviamente estarán integrados al PEI, PIER de las instituciones educativas
tienen como propósito el desarrollo integral humano de nuestros niños, niñas y
jóvenes, así como la vinculación de la comunidad perteneciente a cada
institución.
La ley general de educación
contempla en los fines de la educación y en los objetivos específicos de cada
nivel de formación (preescolar, básica, media), los tópicos relacionados con
los proyectos transversales que se han de formar en los estudiantes.
Art 5: fines de la educación
Art 20:Objetivos específicos de la educación básica primaria
Art 22: Objetivos específicos de la educación básica secundaria
Art 30: Objetivos específicos de la educación media
CAPITULO V ORIENTACIONES CURRICULARES
ARTÍCULO 36 PROYECTOS PEDAGÓGICOS
El proyecto pedagógico es una actividad dentro del plan de estudio que de manera planificada ejercita al educando en la solución de problemas cotidianos, seleccionados por tener relación directa con el entorno social, cultural, científico y tecnológico del alumno. Cumple la función de correlacionar, integrar y hacer activos los conocimientos, habilidades, destrezas, actitudes y valores logrados en el desarrollo de diversas áreas, así como de la experiencia acumulada.La enseñanza prevista en el artículo 14de la Ley 115 de 1994, se cumplirá bajo la modalidad de proyectos pedagógicos.
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